El portal informativo especializado en economía y finanzas (Banca y Negocios) informó sobre publicación efectuada en la Gaceta Oficial N° 42.782 referida al calendario fiscal para Sujetos Pasivos Especiales vigente durante 2024. Lea aquí la Gaceta completa.
Con retraso, el Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior publicó el calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para el cumplimiento de obligaciones fiscales durante 2024 en la Gaceta Oficial N° 42.782, fechada el pasado 20 de diciembre.
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Durante días, varios expertos en materia impositiva señalaron que la falta de este calendario generaba problemas de planificación financiera de los contribuyentes especiales, fundamentalmente en el caso de las empresas.
Ana Azevedo Paixão, socia de servicios tributarios en PwC Venezuela, publicó en su cuenta de la red social X -antes Twitter- que «las fechas para cumplimento de obligaciones fiscales de Sujetos Pasivos Especiales publicadas en GO 42.782 del #20Dic 2023 son coincidentes con las indicadas en calendario vigente del portal web del SENIAT difundidas el día de ayer #26Dic a través de rrss».
Gaceta complementaria cortesía vía Armando Pernía (Banca y Negocios)
20231220_GO42782_Calendario… by Armando Pernía
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) había publicado previamente una versión del calendario en su página web, pero que no podía ser considera como oficial, debido a que la norma legal establece la obligatoriedad de publicar este instrumento en Gaceta Oficial.
A los efectos de ofrecer la información completa con fines comparativos, a continuación se presenta la versión del Calendario Fiscal publicada en la página del ente de administración tributaria.
Documento complementario, cortesía Armando Pernía (Banca y Negocios):
Calendario c.e. 2024 by Armando Pernía
Seniat publicó calendario de obligaciones de los contribuyentes especiales 2024
De igual manera, el medio Finanzas Digital reseñó que, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales (SPE) 2024 en un formatoelectrónico que se muestra en su página web.
El formato utilizado integra las fechas de cumplimiento de obligaciones fiscales por período mensual, para todo el año 2024 y puede consultar aquí.
Según el consultor empresarial y editor del Blog Gerencia y Tributos, Camilo London, el formato utilizado establece las fechas del calendario por período mensual, sin embargo, vale recordar que en calendarios anteriores se estableció un período impositivo quincenal de la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de las retenciones del mismo tributo, que también aplica a la declaración del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).
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«En el caso de las obligaciones relativas a declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA), retenciones de IVA, anticipo del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) y las declaraciones de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), la manera como se muestran las fechas en el cuadro de cada mes del año 2024, hace suponer que las fechas comprendidas entre el primero y quince del mes, corresponde al cumplimiento por número de RIF, de las obligaciones que nacieron para el período comprendido entre el 16 y el último de cada mes inmediato anterior. Y respectivamente luego, las fechas comprendidas entre el 16 y el último día del mes del calendario, es para declarar y pagar las obligaciones del período de la primera quincena», explica London.
Añade el consultor que, de las dos fechas del calendario que corresponden a cada terminal del RIF en el cuadro mensual, una sería para las obligaciones que se causaron en la segunda quincena del mes anterior y la segunda fecha para las obligaciones causadas de la primera quincena de dicho período mensual.
Igualmente, London señala que este formato debería tener un instructivo para unificar la forma en que se hará la lectura del mismo. «Por lo pronto, quedará realizar un ejercicio deductivo para entender el nuevo esquema», dijo.
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Con Información de: Banca y Negocios | Finanzas Digital | Blog Gerencia y Tributos|
Transcripción: C. Romero (C.N.P. 24.081) | B. Bracho (C.N.P. 12.249) |
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